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MIEMBROS COMCCANOR

  Organismos Nacionales de Normalización (ONNs) de Centroamérica y República Dominicana
 
 
Es un Organismo gubernamental adscrito al Ministerio de Economía, forma parte del Sistema Nacional de la Calidad de Guatemala, es un órgano especializado en desarrollar actividades de Normalización que contribuyan a mejorar la competitividad de las empresas nacionales y elevar la calidad de los productos y servicios que dichas empresas ofertan en el mercado nacional e internacional. Entre las actividades de normalización destaca la elaboración de normas que promuevan el desenvolvimiento ordenado de las actividades industriales, agrícolas y comerciales, propiciando condiciones de competencia sana y justa entre ellas e imponiendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores.
COGUANOR se creó el 05 de mayo de 1962 por medio del Decreto No. 1523, del Congreso de la República “Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas COGUANOR”, el cual se considera una Ley con mucha visión y contenido técnico que se anticipó a los problemas económicos que posteriormente tendrían los países centroamericanos y que culminarían con el cierre definitivo del Instituto Centroamericano de Investigación y Tecnología Industrial (ICAITI), que surgió como una necesidad del modelo de desarrollo que caracterizó a la región centroamericana.  Después de varias décadas de trabajar apoyando a la industria y el comercio, el ICAITI dejó de funcionar en el año 1998 debido a problemas económicos de los cinco países. La ausencia de una cultura de calidad en el país, aunado a los niveles de pobreza de la  mayoría de la población, justificó en esta época que sus funciones incluyeran por un lado la elaboración de normas de dos categorías: a) Cuya observancia, uso y aplicación era obligatorio para todos los usuarios de las mismas; b) Cuyo cumplimiento era voluntario para la industria y el comercio de los productos en referencia; sin embargo, fueron obligatorias para el Estado, las entidades oficiales y los organismos autónomos descentralizados, los cuales no podían comprar los productos que necesitaban si no se ceñían a las normas y especificaciones establecidas.
A partir del 08 de diciembre de 2005, la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR) pasa a formar parte del Sistema Nacional de la Calidad, mediante la publicación del Decreto 78-2005 “Ley del Sistema Nacional de la Calidad”. Dentro de los cambios fundamentales de las funciones de COGUANOR está el hecho pasar a elaborar, publicar y difundir únicamente normas técnicas, cuya característica primordial es el cumplimiento voluntario, acatando de esta manera los compromisos adquiridos con la Organización Mundial del Comercio (OMC), en apoyo a la globalización de la economía y de los diferentes tratados comerciales internacionales suscritos por el país.  Esta Ley aún no tiene el Reglamento respectivo que permita su total aplicación
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Es una institución gubernamental de carácter permanente, adscrita a la Presidencia de la República.
El día 6 de octubre del 2006, mediante Acuerdo No. 215-A-2006 publicado en el Diario La Gaceta, la Secretaría de Industria y Comercio (SIC) autoriza al COHCIT para que opere como Organismo Nacional de Normalización (ONN), bajo los lineamientos internacionales, con lo cual permita facilitar el comercio, mejorar la productividad, el nivel competitivo y el desarrollo de la economía del país. En tal sentido, el ONN tiene el reconocimiento en el ámbito nacional, regional e internacional, como el organismo que desarrolla las actividades de normalización en Honduras, contribuyendo así a mejorar la calidad en las empresas, sus productos y servicios, y en general el bienestar social.

Entre las funciones del Organismo Hondureño de Normalización están: dirigir la elaboración de normas técnicas en el ámbito nacional, regional o internacional en representación de Honduras permitiendo la participación abierta y transparente de todos los sectores interesados; dirigir la adopción de normas internacionales y la armonización en todos los sectores productivos del país, así como cumplir el código de buena conducta para elaboración y adopción de normas, de conformidad como lo establece el anexo 3 sobre Obstáculos Técnicos al Comercio del tratado de la Organización Mundial del Comercio.

La creación del Organismo Hondureño de Normalización (OHN) a finales del 2006, dentro de la Unidad de Calidad y Ambiente del Consejo Hondureño de Ciencia, Tecnología e Innovación (COHCIT), permite al país encarar firmemente las actividades de normalización técnica voluntaria: normas de aplicación general (adoptando normas internacionales), y normas de productos y servicios dirigidas a atender las necesidades de sectores productivos concretos.

 
 
Es una institución de derecho público sin fines de lucro, de carácter autónomo descentralizado, adscrita al Ministerio de Economía de El Salvador. Creado mediante el Decreto Legislativo Nº 287, publicado en el diario oficial, en fecha 10 de agosto de 1992, que promulgó la “Ley del Consejo Nacional de Ciencia Tecnología”.
Tiene la facultad de dirigir y coordinar las actividades y la ejecución de la política en materia de normalización, metrología, verificación y certificación de la calidad, y los Programas Nacionales de Desarrollo Científico y Tecnológico orientados al desarrollo económico y social del país. Así como el fomento y gestión de la calidad y productividad. La lógica y actuación del CONACYT responde a la de un órgano facilitador, normativo y coordinador, pero con presencia, liderazgo y responsabilidades compartidas en su campo de acción.

El departamento de normalización, metrología y certificación de la calidad coordina las actividades con instituciones del sector público, privado y científico, para la elaboración y adopción de normas técnicas nacionales. Se elaboran dos tipos de normas: las normas salvadoreñas recomendadas (NSR) y las normas salvadoreñas obligatorias (NSO). Cabe mencionar que las NSR son optativas en las negociaciones privadas, pero tienen carácter obligatorio en todas las adquisiciones de bienes y servicios, que efectúan las entidades estatales, autónomas o descentralizadas, en las cuales tanto el proveedor como los responsables de la compra, quedan obligados a su estricto cumplimiento y aplicación respectivamente. Para el desarrollo del proceso normativo se respetan los lineamientos dictados por la Organización Mundial de Comercio (OMC), la Ley de CONACYT y el Reglamento de los comités técnicos de normalización.


 
  Entidad de derecho público, adscrita a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC) de República Dominicana. Creada mediante la Ley No. 602 “Ley de Normas y Sistemas de Calidad” publicada el 20 de mayo de 1977, como entidad ejecutora de los programas y resoluciones de la Comisión Nacional de Normas y Sistemas de Calidad.

La Ley le otorga a la DIGENOR las funciones que se indican a continuación:

a) Coordinar, controlar y dirigir la aplicación de medidas destinadas a asegurar el cumplimiento de las normas de calidad de los productos nacionales y extranjeros; b) Integrar las Subcomisiones técnicas encargadas de la preparación de los proyectos de normas y coordinar todo lo necesario para su adecuado funcionamiento; c) Tramitar la evaluación analítica de los productos sujetos a normas obligatorias y asesorar al sector industrial a los fines del mejor cumplimiento de las mismas; d) Inspeccionar y analizar los productos extranjeros para determinar si cumplen con las normas exigidas para el consumo nacional; e) Decomisar toda partida de productos que no cumplen con las especificaciones de calidad exigidas a los mismos; f) Elaborar, reunir, coordinar y conservar informes, datos estadísticos, publicaciones y en general cuantos elementos sean necesarios o útiles para el conocimiento de los métodos de normalización y sistemas de calidad; g) Solicitar a los departamentos oficiales, así como a las instituciones privadas, industrias y establecimientos de comercio del país, todos aquellos datos de la competencia de los mismos que se refieran a las Normas y Sistemas de Calidad; h) Organizar concursos, conferencias, cursos, seminarios y exposiciones nacionales encaminadas a estimular el mejoramiento del producto nacional, mediante la aplicación de los sistemas de normalización y de calidad; i) Una vez oficializada una Norma por la Comisión Nacional de Normas y Sistemas de Calidad, tomar las medidas correspondientes para su debida publicidad.

La Ley No. 602 indica que las Normas de Calidad que se refieren a la salud y a la seguridad de las personas tendrán siempre carácter obligatorio. Las normas que rigen la competencia en la comercialización de los productos son de carácter optativo. Tanto las normas obligatorias como las optativas deberán ser oficializadas por la Comisión Nacional de Normas y Sistemas de Calidad.

 
 
Es un organismo gubernamental adscrito al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua.
El marco regulatorio bajo el cual opera comprende la Ley No.219 “Ley de Normalización Técnica y Calidad”, publicada el 2 de Julio de 1996; y el Decreto No. 71-97 “Reglamento de la Ley de Normalización Técnica y Calidad”, publicado el 18 de diciembre de 1997.

Algunas de sus funciones son: a) Organizar y dirigir el Sistema Nacional de Normalización Técnica y Calidad, los comités técnicos y grupos de trabajo de normas técnicas, el Sistema Nacional de Metrología, el Sistema Nacional de Acreditación, el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología; b) Apoyar las funciones de Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad y las funciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Metrología; c) Coordinar el sistema de información sobre medidas de normalización en el marco de los Tratados de Libre Comercio; d) Formular propuestas de desarrollo del Sistema Nacional de Normalización Técnica y Calidad, del Sistema Nacional de Acreditación y del Sistema Nacional de Metrología.

Entre los servicios que brinda en el área de normalización técnica están: a) Elaboración de Normas Técnicas Nicaragüenses, b) Capacitación sobre el Sistema Nacional de la Calidad, c) Capacitación en normas, y d) Asistencia Técnica en verificación de Etiquetas.

 
 
El Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO) es una asociación privada, sin fines de lucro, con personería jurídica y patrimonio propio. Creada en 1987, en el año 1995 fue reconocida, por decreto ejecutivo, como el Ente Nacional de Normalización.
Esa designación se consolida con la emisión de la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Nº 8279, publicada en La Gaceta del 21 de mayo del 2002. De conformidad con los artículos 44, 45, 46 y 47 de esta Ley, INTECO fue denominado como el Ente Nacional de Normalización por cinco años, nombramiento que se puede mantener si cumple a satisfacción con el encargo que le hace la Ley. INTECO es el encargado de conducir los procesos de normalización voluntaria en Costa Rica.
Las funciones del Ente Nacional de Normalización que la Ley señala son las siguientes:
a) Encauzar y dirigir la elaboración de las normas convenientes para el desarrollo socioeconómico nacional, incluso la adopción de normas internacionales y la armonización en ámbitos supranacionales.
b) Promover la participación nacional ante las organizaciones internacionales y regionales de normalización.
c) Difundir la aplicación adecuada de las normas a las actividades productivas y comerciales, tanto en el sector público como en el privado.
d) Promover el establecimiento de acuerdos y convenios de colaboración con entidades nacionales, extranjeras o internacionales.
e) Organizar actividades de formación y difusión y colaborar en ellas.
f) Comercializar las normas nacionales e internacionales y las publicaciones técnicas.
g) Promover la agrupación de los interesados en el desarrollo de la normalización nacional y coordinarlos.
h) Cualquier otra actividad compatible con las actividades de normalización.

 

Programa de Competitividad de PyMEs, a través de la Normalización Técnica en Centro América y República Dominicana
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